Hola a tod@s,
En esta nueva entrada de mi blog, quisiera destacar a lo que mi parecer es, una buena iniciativa para conocer la realidad actual de los fisioterapeutas españoles. Todos sabemos cuáles son los males de nuestra profesión, pero pocas veces tenemos datos concretos de la situación real.
Es por ello, que he decidido crear una encuesta muy simple, a título personal, en la cual aparecen diversas cuestiones de interés. El objetivo de esta encuesta es hacer una radiografía simple de la situación académica y laboral de los fisioterapeutas que trabajan en España.
Si bien la encuesta no es compleja (sólo contiene 10 preguntas), puede convertirse en una herramienta válida si la muestra es grande. Es por ello que os pido vuestra colaboración para darle la mayor difusión posible mediante las diferentes redes sociales, amigos, compañeros de trabajo, etc.
Los resultados de esta encuesta serán publicados una vez alcanzados un mínimo de encuestados.
Aquí os dejo el link de la encuesta:
http://tinyurl.com/estadodelafisioterapia
Sólo os llevará 3 minutos contestarla. Gracias a tod@s por vuestra colaboración.
Un saludo!
Fisioterapia Digna nace con el objetivo de reivindicar el rol de la fisioterapia en la sociedad española y de luchar por unas condiciones laborales dignas para los fisioterapeutas
lunes, 10 de octubre de 2011
sábado, 8 de enero de 2011
Convenio colectivo estatal y autonómicos
Hola a tod@s,
Hoy me gustaría hablaros de los convenios colectivos, ya sean de ámbito estatal o autonómico y diferenciando el ámbito funcional, es decir, dentro de tu profesión dependiendo en qué tipo de establecimiento trabajes.
Realmente, me sorprende que la gente esté tan poco informada sobre estos temas, mucha gente se pierde entre tanta letra o decretos y al final pierden interés, una pena porque al fin y al cabo es lo que nos da de comer, y sin conocer tus derechos, no sabrás qué exigir. Pensad que esto es lo que les interesa precisamente a los empresarios, jugar a la confusión para sacar el mayor beneficio de los empleados. Lo peor de todo es cuando nos ofertan un puesto de trabajo según convenio y nos quedamos sólo con el salario que vamos a percibir, y un convenio colectivo es mucho más. Pero empecemos por el principio para los más perdidos...
¿Qué es un convenio colectivo?
Un Convenio Colectivo es el acuerdo suscrito entre los representantes de los trabajadores y de los empresarios para fijar las condiciones de trabajo y productividad en un ámbito laboral determinado. Para tener validez, los convenios colectivos habrán de celebrarse por escrito y ser presentados ante la autoridad laboral, siendo aplicables desde el momento en el que así lo acuerden las partes.
Es decir, en nuestro país los encargados de mejorar nuestro convenio son los sindicatos CCOO y UGT. Con esto se ve claro, por qué los colegios de fisios se lavan las manos con este asunto, y debe ser el trabajador (afiliado supongo) quien presione a los sindicatos para una mejora del convenio.
Las CCAA que no tienen convenio colectivo propio (autonómico) se rigen por el convenio colectivo estatal, el cual puede ser revisado de forma independientemente por cada delegación territorial de los sindicatos en cada comunidad.
Aquí teneis los Convenios Colectivos Estatales vigentes:
- Para centros asistenciales:
XII CONVENIO COLECTIVO GENERAL DE CENTROS Y SERVICIOS DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD (16 DE MAYO 2006).
Y aquí vemos las revisiones salariales hechas por algunas comunidades:
Islas Baleares 2007
Aragón 2009 - 2010: Subida de un 4% cada año
Castilla-La Mancha 2010
Y aquí el Convenio Estatal para Residencias de Ancianos:
Y su revisión salarial para 2010
Pronto deberá publicarse la revisión de 2011
Me gustaría destacar que cuando nos ofrecen un contrato según convenio, éste marca unas horas anuales estipuladas y que trabajar más horas de lo que estipula el convenio se considerará como horas extraordinarias, evidentemente mejor pagadas o con derecho a acumular esas horas como descanso. Por ejemplo en el primer convenio de centros asistenciales, estipula 1729h anuales o 38h 30' semanales. El plus de nocturnidad es de 275,67 euros.
Además, si trabajamos en otra localidad y en turno partido, tenemos derecho a compensaciones económicas. Y por supuesto, tenemos derecho a un plus por antigüedad.
En 2006, el salario base se estipuló en 1102,68 euros pero cada año debe aplicarse la subida del IPC, algo que deben demandar los sindicatos. De ahí, que haya CCAA con el sueldo base de 2006.
CONVENIOS COLECTIVOS AUTONÓMICOS
- Catalunya: convenio de establecimientos sanitarios (2007-2010) y residencias de la 3a edad en que su actividad sea fundamentalmente sanitaria y exceptuando todos los centros públicos con revisión salarial en 2009
Respecto al convenio estatal destacan estas diferencias:
- el salario base, 1555,9 euros en 2009
- 1734h anuales
- + 42,46 euros si se tiene turno partido + 45,21 euros en dietas
- + 354,02 euros si se trabaja de noche, de 22h a 6h.
Este convenio terminó en 2010, en 2011 se revisará o renovará.
Gracias a nuestra compañera Vitae por la información.
Este convenio me parece realmente malo, equivalente por así decirlo, al salario base estipulado en el convenio colectivo estatal en 2006, es decir unos 1100 euros de salario base. No es extraño, que de esta forma aparezcan tantas ofertas basura en los foros de fisioterapia, normalmente ofertas que son de Madrid.
¿Posibles causas? ¿Superopoblación de fisios en Madrid? ¿Patronal más agresiva? ¿Delegación territorial de los sindicatos más pasiva? No tengo la respuesta, lo que si es cierto es que se debería dar un toque a los sindicatos para renovar el convenio por completo y equipararlo a lo que es vivir en una ciudad como Madrid.
- Comunidad Valenciana: V Convenio Colectivo Laboral Autonómico de Centros y Servicios de Atención a Personas Discapacitadas de la Comunidad Valenciana. (2008)
Destacan sobretodo los 1720,12 euros de salario base.
Convenio provincial de hospitales de Pontevedra
Convenio sanidad privada de Lugo
Convenio sanidad privada Coruña
Convenio sanidad privada Ourense
Revisión salarial Ourense
Convenio Residencias 3a Edad
Convenio sanidad privada de Lugo
Convenio sanidad privada Coruña
Convenio sanidad privada Ourense
Revisión salarial Ourense
Convenio Residencias 3a Edad
Salario por debajo del convenio colectivo estatal para residencias.
- Cantabria: Convenio Colectivo del Sector de Establecimientos Sanitarios Privados de Hospitalización de Cantabria. (2009)
1363,83 euros de salario base
Sin duda el peor de los convenios colectivos de España en cuanto a sanidad se refiere, donde estipula el salario base de fisioterapeuta en 858,44 euros.
- Andalucía: en esta CCA, cada província tiene un convenio diferente para los centros sanitarios, aquí teneis el link de las tablas salariaaes y horas anuales/semanales, así como la vigencia del convenio. Para visualizar mejor hay que estar registrado en el Colegio de fisios de Andalucía, o podeis descargar la tabla en vuestro pc. Gracias a nuestro compañero Bansky por la información.
- Andalucía: en esta CCA, cada província tiene un convenio diferente para los centros sanitarios, aquí teneis el link de las tablas salariaaes y horas anuales/semanales, así como la vigencia del convenio. Para visualizar mejor hay que estar registrado en el Colegio de fisios de Andalucía, o podeis descargar la tabla en vuestro pc. Gracias a nuestro compañero Bansky por la información.
He intentado linkear todos los convenios de la forma más clara, principalmente los convenios de centros asistenciales, residencias de la 3a edad y hospitales privados. Las CCAA que no aparecen, bien no tienen convenio autonómico y utilizan el estatal o simplemente no los he encontrado.
Me propuse crear este blog para aglutinar toda la información posible sobre la fisioterapia en temas laborales, y despertar el pensamiento crítico de los fisios de nuestro país. Espero que poco a poco, todos pensemos que más allá de lo que nos ofertan hay derechos ocultos, simplemente antes de firmar un contrato hay que leerse el convenio que te afecta. A partir de ahí, si algo no está correcto, hay que exigirlo. Por eso, es de vital importancia que cuando vais a una entrevista de trabajo, no firmeis hasta haber leido el convenio, o si lo conoceis de antemano, no aceptar según qué condiciones por el bien de la profesión.
Espero que os haya servido de ayuda, saludos!
Fuentes:
BOE
DOGC
Col·legi de fisioterapeutes de Catalunya
Portal convenios jurídicas
Fuentes:
BOE
DOGC
Col·legi de fisioterapeutes de Catalunya
Portal convenios jurídicas
miércoles, 22 de diciembre de 2010
Autónomos: la ley de nuestro lado
Hola a tod@s,
Pero empecemos por el principio, ¿qué es un Trabajador Autónomo Dependiente también llamado TRADE?
El Estatuto del Trabajador Autónomo lo define así :
1.- Trabajador por cuenta propia que realiza una actividad económica o profesional de forma habitual, personal y directa para un cliente, del que depende económicamente por percibir por lo menos el 75% de sus ingresos por rendimientos del trabajo y de actividades económicas o profesionales.
2.- No tiene trabajadores contratados ni externaliza toda o parte de su actividad.
3.- No ejecuta sus servicios de forma indiferenciada de los trabajadores por cuenta ajena contratados por el cliente principal.
4.- Disponer de una infraestructura y material propia.
5.- Organizar su trabajo en función de su propio criterio, sin perjuicio de seguir las indicaciones técnicas del cliente.
6.- Percibir una retribución variable en función de los resultados de su actividad de acuerdo con lo pactado con el cliente.
7.- No ser titulares de locales comerciales o industriales ni de oficinas o despachos abiertos al público.
8.- No ejercer la profesión conjuntamente con otros mediante sociedades u otra forma jurídica.
Además, se establece:
-Un mínimo de condiciones de régimen de descanso, con al menos 18 días al año de vacaciones.
-En el caso de que extinción del contrato no sea justificada podrá indemnizarse al autónomo por
los daños que se le ocasionen.
-Se reconoce la jurisdicción de lo social para los litigios de los trabajadores autónomos económicamente dependientes.
Hoy me gustaría hablar sobre uno de los temas que considero más importantes en la atualidad de nuestra profesión, la contratación.
Desde hace varios meses, hemos podido ver cómo en los foros de fisioterapia no dejan de aparecer "ofertas de trabajo" exigiendo como requisito el Alta en Autónomos entre otras muchas cosas.
Si bien, la contratación de trabajadores en régimen de autónomos no es ilegal, es necesario saber, que cómo autónomo tienes unos derechos que el empresario deberá cumplir.
El Estatuto del Trabajador Autónomo lo define así :
1.- Trabajador por cuenta propia que realiza una actividad económica o profesional de forma habitual, personal y directa para un cliente, del que depende económicamente por percibir por lo menos el 75% de sus ingresos por rendimientos del trabajo y de actividades económicas o profesionales.
2.- No tiene trabajadores contratados ni externaliza toda o parte de su actividad.
3.- No ejecuta sus servicios de forma indiferenciada de los trabajadores por cuenta ajena contratados por el cliente principal.
4.- Disponer de una infraestructura y material propia.
5.- Organizar su trabajo en función de su propio criterio, sin perjuicio de seguir las indicaciones técnicas del cliente.
6.- Percibir una retribución variable en función de los resultados de su actividad de acuerdo con lo pactado con el cliente.
7.- No ser titulares de locales comerciales o industriales ni de oficinas o despachos abiertos al público.
8.- No ejercer la profesión conjuntamente con otros mediante sociedades u otra forma jurídica.
Además, se establece:
-Un mínimo de condiciones de régimen de descanso, con al menos 18 días al año de vacaciones.
-En el caso de que extinción del contrato no sea justificada podrá indemnizarse al autónomo por
los daños que se le ocasionen.
-Se reconoce la jurisdicción de lo social para los litigios de los trabajadores autónomos económicamente dependientes.
Es decir, este tipo de contrato, se diferencia muy bien del falso autónomo. El fisoterapeuta al que le marcan un horario y un salario fijo, y que no tiene autonomía para organizar su trabajo no es un autónomo dependiente ni un autónomo simplemente. Es un trabajador por cuenta ajena contratado ilegalmente como trabajador por cuenta propia.
Todos aquellos fisios que estan en esta situación deben exigir al empresario la contratación laboral como mínimo según convenio de la Comunidad Autónoma o Estatal si carece,en base al Estatuto de los Trabajadores y denunciarlo a Inspección de Trabajo o judicialmente si no se respetan sus derechos.
Podeis consultar esta información aquí: http://www.mtin.es/es/sec_trabajo/autonomos/economia-soc/autonomos/docs/BOE03042009.pdf En la última página del documento podreis ver el módelo de contrato del trabajador económicamente dependiente.
Espero que esto ayude a aclarar las dudas que muchas veces aparecen, y que el colectivo empiece a rechazar las ofertas de trabajo que no cumplan con la ley, ya que al fin y al cabo, nos afecta a todos. Debemos ser nosotros los que impulsemos la profesión y reclamemos nuestros derechos como trabajadores.
Saludos
lunes, 20 de diciembre de 2010
Bienvenid@s
Bienvenidos a tod@s
Este blog es y será un punto de encuentro para todos aquellos fisioterapeutas españoles que quieran aportar su granito de arena para que nuestra profesión avance como es debido en nuestro país.
Fisioterapia Digna nace de la idea de reivindicar lo que es nuestro. Nuestra profesión se encuentra en un estado crítico. Problemas como los contratos basura, intrusismo profesional, proliferación de escuelas de fisioterapia privadas, ausencia de plazas en los hospitales públicos, inoperancia de los diferentes colegios de España etc, lejos de hacernos callar nos motiva a decir BASTA. Los repetidos ataques a nuestra profesión deben cesar.
Si queremos una fisioterapia sana y amamos de verdad nuestra profesión debemos unirnos y luchar en una sola dirección. De nada o poco sirve ser críticos en nuestros foros privados si el resto de la sociedad no conoce nuestra situación. Y lo más importante, debemos estar organizados y dispuestos a hacer lo que sea necesario para conseguir nuestros objetivos comunes.
Muchos de entre nosotros sueñan con poder trabajar de forma digna y reconocida en España y creo sinceramente que podemos conseguirlo. Ha llegado la hora de actuar, no podemos seguir así.
Todos aquellos compañeros que tengan inquietudes o simplemente quieran denunciar algún tema, no dudeis en hacerlo en este blog, porque como dice un "amigo" mío:
"cuando hay algo que decir no se puede uno callar porque callar es morir" Kutxi R.L.
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